El sistema electoral español: Cómo se eligen los diputados del Congreso
El sistema mediante el cual los españoles eligen a sus representantes en el Congreso de los Diputados responde a una arquitectura jurídica compleja que busca equilibrar la representación proporcional con la gobernabilidad. Cada cuatro años, o cuando se produce una disolución anticipada de las Cámaras, más de 37 millones de ciudadanos con derecho a voto acuden a las urnas para elegir a los 350 diputados que conforman la Cámara Baja de las Cortes Generales.
La configuración actual del sistema electoral español encuentra su origen en la Constitución de 1978 y su desarrollo en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985. El artículo 68 de la Constitución establece que el Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados, habiéndose fijado el número en 350 desde las primeras elecciones democráticas de 1977. Esta cifra ha permanecido invariable durante más de cuatro décadas, pese a los significativos cambios demográficos experimentados por el país.
La circunscripción electoral es la provincia, una decisión que marca profundamente el funcionamiento del sistema. España cuenta con 52 circunscripciones: las 50 provincias peninsulares e insulares más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Esta división territorial, heredada de la división provincial de 1833, genera importantes consecuencias en la proporcionalidad del sistema, ya que el tamaño de las circunscripciones varía enormemente, desde los 37 diputados de Madrid hasta los 2 de Soria, Ceuta y Melilla.
El reparto de escaños entre provincias sigue una fórmula establecida en la ley electoral. Cada provincia tiene garantizado un mínimo inicial de 2 diputados, excepto Ceuta y Melilla que eligen uno cada una. Los 248 escaños restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población de derecho, según los datos del censo actualizado. Este sistema de distribución provoca que las provincias menos pobladas estén sobrerrepresentadas en términos relativos. Mientras en Madrid se necesitan aproximadamente 180.000 habitantes para elegir un diputado, en Soria esa ratio desciende a unos 45.000 habitantes.
Para la conversión de votos en escaños, España utiliza el sistema D'Hondt, denominado así por el jurista belga Victor D'Hondt quien lo ideó en 1878. Este método de divisores sucesivos funciona mediante un algoritmo matemático relativamente sencillo. Primero, se ordenan los partidos según el número de votos obtenidos en la circunscripción. Después, se divide el número de votos de cada partido entre 1, 2, 3, y así sucesivamente hasta el número de escaños a repartir. Los escaños se asignan a los cocientes más altos resultantes de estas divisiones.
Un ejemplo práctico ayuda a comprender el funcionamiento del sistema D'Hondt. En una circunscripción que elige 5 diputados, si el Partido A obtiene 120.000 votos, el Partido B 90.000, el Partido C 60.000 y el Partido D 30.000, los cocientes serían: Partido A: 120.000/1=120.000, 120.000/2=60.000, 120.000/3=40.000; Partido B: 90.000/1=90.000, 90.000/2=45.000, 90.000/3=30.000; Partido C: 60.000/1=60.000, 60.000/2=30.000; Partido D: 30.000/1=30.000. Los cinco cocientes más altos (120.000, 90.000, 60.000, 60.000 y 45.000) determinan que el Partido A obtiene 2 escaños, el B otros 2 y el C uno.
El sistema electoral español incorpora una barrera electoral del 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción. Las candidaturas que no alcancen este umbral quedan excluidas del reparto de escaños. Esta barrera, relativamente baja en comparación con otros países europeos como Alemania (5%) o Turquía (10%), tiene efectos prácticos limitados en las circunscripciones pequeñas, donde la barrera efectiva que impone el sistema D'Hondt es considerablemente superior.
La interacción entre el tamaño de las circunscripciones, el método D'Hondt y la barrera legal produce lo que los politólogos denominan "sesgo mayoritario". En circunscripciones pequeñas, un partido necesita un porcentaje muy alto de votos para obtener representación. En provincias que eligen 3 diputados, por ejemplo, un partido necesita acercarse al 25% de los votos para garantizarse un escaño, muy por encima del 3% legal. Este fenómeno beneficia a los partidos más votados y perjudica a las formaciones menores, especialmente si su voto está disperso geográficamente.
Las candidaturas se presentan mediante listas cerradas y bloqueadas por cada circunscripción. Los partidos políticos, las coaliciones electorales y las agrupaciones de electores pueden presentar candidaturas. Las listas deben contener tantos candidatos como escaños a elegir en la circunscripción, más tres suplentes. La composición de las listas debe respetar el principio de representación equilibrada entre hombres y mujeres, de forma que ningún sexo supere el 60% ni sea inferior al 40% del conjunto de la lista, computándose a estos efectos por tramos de cinco puestos.
El proceso electoral comienza con la convocatoria de elecciones mediante Real Decreto, que debe publicarse entre 54 y 70 días antes de la fecha de votación. Las elecciones se celebran entre 47 y 53 días después de la convocatoria, siempre en domingo. La campaña electoral dura 15 días y termina a las cero horas del día anterior a la votación, iniciándose entonces la jornada de reflexión.
La presentación de candidaturas se realiza entre el decimoquinto y el vigésimo día posterior a la convocatoria ante las Juntas Electorales Provinciales. Los partidos sin representación parlamentaria deben acompañar sus candidaturas con las firmas del 0,1% de los electores de la circunscripción. Las Juntas Electorales proclaman las candidaturas el vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria, abriéndose un plazo de dos días para subsanar irregularidades.
El día de las elecciones, los colegios electorales abren a las 9 de la mañana y cierran a las 8 de la tarde, aunque pueden cerrar antes si han votado todos los electores inscritos. Cada mesa electoral está formada por un presidente y dos vocales, elegidos por sorteo entre los electores. Los partidos pueden designar interventores y apoderados para supervisar el proceso. El voto es personal, libre, directo y secreto, aunque la ley permite el voto por correo en determinados supuestos.
El escrutinio comienza inmediatamente después del cierre de los colegios. Primero se realiza el recuento en cada mesa electoral, cuyos resultados se transmiten a las Juntas Electorales de Zona. Entre el tercer y el sexto día posterior a las elecciones, las Juntas Electorales Provinciales realizan el escrutinio general, que es público y puede ser presenciado por los representantes de las candidaturas. Es en este momento cuando se aplica el sistema D'Hondt y se proclaman los diputados electos.
El sistema electoral español ha sido objeto de intenso debate académico y político. Sus defensores argumentan que ha proporcionado estabilidad política durante la transición y consolidación democrática, facilitando la formación de gobiernos y evitando una fragmentación excesiva del parlamento. Los críticos señalan las desproporcionalidades que genera, el diferente valor del voto según la provincia y las dificultades de los partidos de ámbito estatal con voto disperso para obtener representación.
Los efectos del sistema son medibles empíricamente. En las elecciones generales de noviembre de 2019, el PSOE obtuvo el 28% de los votos y 120 escaños (34,3% de la cámara), mientras que Unidas Podemos con el 12,8% de los votos logró 35 escaños (10%). La concentración territorial del voto nacionalista permite a partidos como el PNV obtener 6 diputados con 377.000 votos, mientras que formaciones de ámbito estatal necesitan más de medio millón de votos para lograr representación.
Las propuestas de reforma del sistema electoral han sido recurrentes en el debate político español. Algunas abogan por aumentar la proporcionalidad mediante circunscripción única o circunscripciones autonómicas, mientras otras proponen sistemas mixtos que combinen circunscripciones uninominales con listas de partido. Sin embargo, cualquier reforma sustancial requeriría modificar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, lo que exige mayoría absoluta en el Congreso, o incluso reformar la Constitución si se alterase la provincia como circunscripción electoral.
El Tribunal Constitucional ha avalado en múltiples sentencias la constitucionalidad del sistema electoral español, señalando que la Constitución no impone un modelo de proporcionalidad pura. En su sentencia 75/1985 estableció que "la proporcionalidad es, más bien, una orientación o criterio tendencial, porque siempre, mediante su puesta en práctica, quedará modulada o corregida por múltiples factores del sistema electoral".
La participación electoral en España se ha mantenido relativamente estable desde la restauración democrática, oscilando entre el 68% y el 80% en elecciones generales. Los niveles más altos de participación se registraron en las elecciones de 1982 (79,97%) y 1993 (78,83%), mientras que los más bajos corresponden a las elecciones de 2016 (69,84%). Factores como la competitividad de los comicios, la movilización de los partidos y el contexto político influyen significativamente en la participación.
El voto por correo ha experimentado un crecimiento sostenido en las últimas décadas. Regulado minuciosamente para evitar fraudes, requiere que el elector solicite personalmente su inclusión en el censo de votantes por correo. En las elecciones de abril de 2019, más de un millón de ciudadanos ejercieron su derecho al voto mediante esta modalidad, incluyendo los residentes en el extranjero inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La financiación de las campañas electorales está estrictamente regulada. El Estado adelanta a los partidos con representación parlamentaria hasta el 30% de las subvenciones obtenidas en las anteriores elecciones equivalentes. Tras los comicios, los partidos reciben 21.167,64 euros por cada escaño obtenido y 0,81 euros por cada voto conseguido para el Congreso, siempre que hayan obtenido al menos un escaño. Además, se subvenciona el envío de propaganda electoral (0,22 euros por elector) a los partidos que obtengan representación.